Ley de Tierras: marcha atrás de la Corte
Luego de la fuerte reacción social al fallo que dejaba permitida la venta de tierras a extranjeros, los supremos dictaron una medida cautelar, suspendieron la derogación y restituyeron la Ley.

Tras la fuerte polémica, la Corte Suprema dictó una medida cautelar interina que suspendió la derogación de la Ley de Tierras. De esta forma, se restablecieron las restricciones a la venta de tierras a extranjeros.
El fallo que restituye provisoriamente la ley fue dictado por Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con la participación de los conjueces Barroetaveña y Pérez Curci, mientras que el juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.

Este caso fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie y está estrechamente vinculado con el pedido impulsado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata.
La Asociación solicitó que se declarara inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, teniendo en cuenta la Ley 26.737, la cual prometía el derecho a un ambiente sano y equilibrado, reconocido por el artículo 41 de la Constitución Nacional. A fines de diciembre de 2023, iniciaron una acción de amparo colectivo ante la Justicia federal de Bariloche.
Sin embargo, el Juzgado Federal de Bariloche remitió el expediente a la Cámara Federal de La Plata, donde se estaba tramitando otra causa vinculada con el mismo decreto. Posteriormente, el expediente llegó a la Corte Suprema, donde en septiembre de este año rechazaron la demanda.
La Corte distinguió ambos expedientes porque el planteo de Árbol de Pie se basaba en la protección del ambiente, mientras que CECIM había fundamentado su reclamo en términos de soberanía.
La suspensión de la derogación de la Ley de Tierras se mantendrá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche actúe sobre la legitimación de los demandantes y examine el pedido de medida cautelar presentado por la asociación.
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