Revés judicial para la CGT: la Justicia rechazó la cautelar contra la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) sufrió un revés judicial luego de que la Justicia federal rechazara la medida cautelar con la que buscaba suspender parte de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei.

Por Matías Paredes
La decisión fue tomada por el juez Enrique Lavié Pico, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7, quien desestimó el pedido presentado por la central obrera para frenar la aplicación de algunos artículos de la nueva legislación laboral.
La CGT había iniciado una acción de amparo contra el Estado nacional luego de la aprobación de la ley de Ley de Modernización Laboral de Argentina mas conocida como la refroma laboral, sancionada por el Congreso a fines de febrero.
En su presentación judicial, la central sindical solicitó una medida cautelar, para suspender de manera inmediata la aplicación de los artículos 90 y 91 de la ley, que establecen el acuerdo de transferencia de competencias judiciales y recursos del Estado Nacional a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
Ley 27802. Ley de modernización laboral
Capítulo V.
Acuerdo de Transferencia de la función judicial en materia laboral.
Artículo 90.- Aprobación del Acuerdo de Transferencia de la función judicial en materia laboral. Apruébese el “Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, celebrado entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 9 de febrero de 2026, cuyo texto se adjunta en copia como Anexo I y forma parte integrante del presente artículo.
Deróguese toda norma que se oponga a lo dispuesto en el Acuerdo que por el presente artículo se aprueba y encomiéndase al Poder Ejecutivo nacional a dictar los textos ordenados de aquellas normas que precisen ser adecuadas en virtud de lo establecido en el Acuerdo.
Artículo 91.– Encomiéndase al Poder Ejecutivo nacional a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los recursos necesarios para el funcionamiento del fuero del trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, garantizando el adecuado funcionamiento transitorio de la Justicia Nacional del Trabajo, en virtud del acuerdo aprobado por el artículo precedente de esta ley, y a celebrar los convenios específicos para la transferencia de recursos que fueran necesarios para su adecuada ejecución en los términos de su Cláusula Séptima
Según el planteo gremial, ese traslado podría afectar el funcionamiento del fuero laboral y perjudicar tanto a trabajadores como a empleados judiciales. Por ese motivo, los sindicatos pidieron que se suspendiera la norma hasta que la Justicia resolviera el fondo de la cuestión.

El magistrado sostuvo que el pedido de la CGT implicaba, en la práctica, resolver de manera anticipada el conflicto de fondo, algo que no corresponde en esta etapa del proceso judicial. También consideró que no se acreditó un peligro inmediato en la demora que justificara suspender la aplicación de la ley.
Lavié Pico remarcó en su fallo que “no se acreditaron los requisitos de urgencia o arbitrariedad necesarios para frenar o modificar” una ley sancionada por el Congreso. Y agregó: “Por otra parte, tampoco puede dejar de señalarse que no se advierte, en este estado del proceso, la configuración en la presente causa del peligro en la demora que justifique la tutela requerida y la alteración del orden natural del proceso, en la medida que los elementos aportados por la parte actora, no resultan suficientes para acceder a la tutela requerida, en el marco expedito de la acción de amparo formulada”.
De esta manera, la reforma laboral continúa vigente mientras se desarrolla el proceso judicial iniciado por la central sindical.
La causa sigue ya que aunque el tribunal rechazó la cautelar, la causa principal el amparo presentado por la CGT para cuestionar la constitucionalidad de la reforma seguirá su trámite en la Justicia.
El juzgado ordenó correr traslado al Estado nacional para que presente su informe y continúe el proceso, tras lo cual se deberá resolver si los artículos cuestionados de la ley son o no constitucionales.
Mientras tanto, el fallo representa el primer revés judicial para la estrategia del sindicalismo en su intento por frenar la implementación de la reforma laboral impulsada por el Gobierno.
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