Reforma Laboral: Principales cambios para el trabajador.

El Gobierno Nacional, luego del debate parlamentario del 27 de febrero, ha promulgado la nueva Ley de Modernización Laboral N° 27.802. Entre los ejes centrales del texto oficial, se destacan los cambios en la registración laboral, la organización de la jornada, el régimen de indemnizaciones y la estructura de aportes patronales y sindicales.

Por Fiamma Flecha.

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Jornada Laboral

  • Extensión horaria: La jornada laboral podrá ser de hasta 12 horas mediante un acuerdo escrito entre empleado y empleador. Se podrá compensar el horario extendido con un banco de horas, y los límites de la jornada deben respetar el descanso de al menos 12 horas entre turnos.
  • Bancarización: El pago de salarios solo podrá realizarse a través de entidades bancarias.
  • Salario dinámico: Se incorpora esta figura, que puede ser pactada en los convenios colectivos, permitiendo que el salario dependa del mérito individual.
  • Digitalización de libros: Los libros laborales deberán ser digitales de forma obligatoria, conservarse durante una década y ser fiscalizados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Aportes patronales y sindicales

  • Cuotas solidarias: Los aportes de las empresas no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y el pago será voluntario a partir de enero de 2028.
  • Obras sociales: Se mantiene el aporte obligatorio del 6% a obras sociales, pero los empleadores ya no tendrán la facultad de actuar como intermediarios.
  • Incentivos: Se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), orientado a fomentar la adopción de tecnología y la expansión empresarial, en línea con la reducción de cargas sociales.

Indemnizaciones y vacaciones

  • Base de cálculo: El cálculo de la indemnización por despido sin causa solo contemplará la remuneración mensual, normal y habitual.
  • Actualización: La indemnización será la única reparación por despido. El sistema de actualización de créditos laborales se ajustará por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.
  • Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Se crea este fondo para cubrir los costos por despido, el cual se financiará con aportes mensuales de los trabajadores.
  • Vacaciones: El período de goce podrá realizarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril. Las partes podrán pactar días fuera de este plazo en tramos de al menos 7 días consecutivos.
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Eliminación de Multas y Blanqueo

  • Ley 24.013: La reforma elimina las multas por empleo no registrado o registración deficiente.
  • Programa de Promoción del Empleo Registrado: Establece un mecanismo de blanqueo laboral que permite la condonación de hasta el 70% de las deudas por aportes y sanciones para quienes regularicen su situación.
  • Incentivo a la Formalización: Reduce las contribuciones patronales al 8% anual y asigna una reducción mayor para quienes contraten personal no registrado antes del 10 de diciembre de 2025, exmonotributistas o extrabajadores públicos.

Juicios Laborales

  • Pago de sentencias: Se introducen nuevos criterios para el pago de condenas judiciales firmes. Las grandes empresas podrán cancelar el monto en hasta 6 cuotas mensuales, mientras que para MiPyMEs y empleadores individuales el plazo podrá extenderse hasta 12 cuotas.

Otros puntos clave

  • Formación: Se incorpora el derecho a la formación profesional y a la condición igualitaria como derechos fundamentales.
  • Derecho de huelga: Se restringe en servicios esenciales, donde deberá asegurarse un mínimo del 75% del personal en actividad. En servicios de «importancia trascendental», el mínimo será del 50%.
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Por Fiamma Flecha.

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